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¿Me pagaron bien?

Escribe lo que te pagaron y lo comparamos con lo que dice la ley. Si te falta dinero, te armamos una carta para pedir la diferencia. Gratis y sin registro.

✓ Gratis y sin registroActualizado el 26 de octubre de 2026Cómo calculamos

Usa el monto ANTES de impuestos (percepción bruta) de tu recibo. Si solo ves el neto, la diferencia puede ser la retención de ISR.

Por ley te corresponde (bruto)$6,000.00

Escribe abajo lo que te pagaron para compararlo.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar?

Para reclamar aguinaldo, vacaciones, prima o salario tienes 1 año (art. 516 de la Ley Federal del Trabajo). Es un cálculo orientativo: confirma tu caso gratis con la PROFEDET.

Respuesta rápida

¿Cómo sé si me pagaron bien?

Busca en tu recibo el monto bruto del pago (antes de impuestos) y compáralo con lo que marca la ley. Si es menor, pide la diferencia por escrito a tu patrón y guarda una copia de recibido; si no te responden, la PROFEDET o la procuraduría laboral de tu estado te asesoran gratis.

Cómo leer tu recibo

Tu recibo de nómina (CFDI) separa lo que ganas de lo que te descuentan:

Partes del recibo de nómina
Parte del reciboQué esQué comparar
PercepcionesLo que ganas: sueldo, aguinaldo, prima vacacionalEste monto (bruto) es el que se compara con la ley
DeduccionesLo que te descuentan: ISR, IMSS, préstamosExplica por qué recibes menos en tu cuenta
Neto a pagarLo que llega a tu cuentaNo lo compares directo con la ley

Por qué puede salir distinto

  1. 1Retención de ISRLa parte del aguinaldo o la prima que pasa del límite exento paga impuesto.
  2. 2Otro salario diarioTu patrón puede usar tu salario diario exacto; revisa cuál aparece en tu recibo.
  3. 3Días no trabajadosSi entraste o saliste a mitad de año, el pago es proporcional.
  4. 4Prestaciones de tu contratoSi tu contrato da más días o más prima, ese es tu mínimo, no el de la ley.

Cómo reclamar la diferencia

  1. 1Pide primero una explicaciónA veces es un error de captura que se corrige en la siguiente nómina.
  2. 2Hazlo por escritoUsa la carta que te armamos arriba y pide copia sellada o firmada de recibido.
  3. 3Guarda tus recibosSon la prueba de lo que te pagaron.
  4. 4Si no te respondenAcude a la PROFEDET o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de tu estado: te asesoran gratis.
Dónde pedir ayuda: PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) orienta a cualquier trabajador sin costo. Lleva tu recibo, tu contrato si lo tienes y la copia de tu carta.

Plazos para reclamar

En general tienes un año para reclamar prestaciones como el aguinaldo o las vacaciones (artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo), y dos meses si fuiste despedido (artículo 518). No esperes al último momento.

¿Aún no sabes cuánto te toca? Usa la calculadora de aguinaldo, la de vacaciones o la de finiquito.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si me pagaron bien el aguinaldo?

Compara el monto bruto (antes de impuestos) de tu recibo con lo que marca la ley: al menos 15 días de salario por año, o la parte proporcional si trabajaste menos. Este verificador hace la cuenta por ti.

¿Por qué mi recibo dice menos de lo que calculé?

Lo más común es la retención de ISR: el aguinaldo y la prima vacacional tienen una parte exenta, y lo que pasa de ese límite paga impuesto. Compara siempre el monto bruto. Otras causas: un salario diario distinto al que usaste o días no trabajados.

¿Qué hago si me pagaron menos?

Pide la diferencia por escrito a tu patrón (puedes usar la carta que generamos) y guarda una copia con firma o sello de recibido. Si no te responde, acude a la PROFEDET (si tu empresa es de competencia federal) o la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de tu estado: te asesoran gratis. Tienes un año para reclamar (artículo 516).

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

En general, un año para reclamar prestaciones como el aguinaldo o las vacaciones (artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo), y dos meses si se trata de un despido (artículo 518).

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Fuentes

Monily da estimaciones con fórmulas públicas y no es asesoría legal ni fiscal. Confirma siempre los montos con tu patrón, el SAT o la institución correspondiente.